El marketing de contenidos no consiste simplemente en dotar de elementos a un blog o página web que funcione de conversación entre empresa y cliente: el marketing de contenidos es toda una estrategia mediante la cual se articula esa conversación para que se tengan en consideración todas las acciones que componen una estrategia de marketing 360º, así como los intereses de ambos "dialogantes": el que ofrece un servicio y el que muestra interés por él.
Para desplegar toda estrategia que se defina como marketing de contenidos profesional por tanto, existe un trabajo minucioso y toda una dedicación que va más allá de escribir entradas y describir servicios: planificaciones, estudios de keyword, de los intereses y los hábitos del usuario ideal, promociones en redes sociales y en buscadores... Un trabajo del cual sentirse orgulloso y también al que proteger.
Y es que el entorno online ha traido notables ventajas al mundo del marketing, pero también ha hecho no solo visible, sino también accesible, una cantidad ingente de contenido que en más de una ocasión se ve expuesto a ser usado por terceros y, en el peor de los casos, hecho pasar por propio cuando no lo es.
Para proteger todo este trabajo, todas esas horas que hay detrás de una entrada de blog, una descripción, un copy... los derechos de autor actúan como "abogados digitales" pero, ¿de qué forma los podemos hacer valer?, ¿cómo puedo proteger mi contenido web de forma legal mediante los derechos de autor?
A la hora de abordar los derechos y las obligaciones que tenemos en la creación de contenido, previamente a discutir un uso legítimo, debemos recordar casi como religión que no todo vale en internet. Por lo que ante cualquier duda sobre la legalidad de algún contenido que vayamos a compartir, exponer o modificar, lo mejor es acudir siempre a sus alternativas legales.
Es el caso por ejemplo del uso de imágenes para uso comercial. Al estar realizando una actividad empresarial, por mucho que el fin no sea obtener rédito económico de su uso, no podemos tomar cualquier imagen de internet e incorporarla a nuestro perfil de redes sociales como entrada, blog, redacción de correo eletrónico, etc.
Por ello, si no conocemos su procedencia que nos pueda indicar la legalidad de su uso o no disponemos de los permisos adecuados, lo más sensato es usar imágenes que estén sujetas a un uso libre y consentido.
Pero no es este el único conflicto legal y moral que nos podemos encontrar a la hora de crear contenido… ¿dónde está el límite entre el plagio y la citación cuando hablamos de párrafos sueltos?, ¿está protegido el contenido que realizo ante un uso no consentido por parte de terceros?, ¿qué opina Google, Facebook y las principales plataformas de gestión de contenidos web sobre todos estos aspectos legales?
Existe cierto debate sobre la exposición de los contenidos propios en internet y que ni las propias empresas sabemos resolver y responder con exactitud: ¿Un contenido propio, creado de principio a fin por nosotros, es de dominio público por el hecho de exponerlo en internet o se protege automáticamente de derechos de propiedad intelectual?
Antes de entrar en debate o en materia, acudamos a lo que dicta la ley para no dejar de entrada ningún tipo de duda al respecto:
“La propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación.”
Este extracto del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI), es bastante esclarecedor al respecto: a menos que expresemos lo contrario, nadie puede apropiarse indebidamente de nuestras creaciones, y queda en nuestras manos la gestión y el tratamiento oportuno de cada una de ellas, ya sea un texto, todo un ebook o incluso un simple tweet.
Este fragmento de ley aclara también otra de las cuestiones que causa duda entre los creadores de contenido en internet: ¿debo inscribir mi obra en el registro de la propiedad intelectual? La respuesta es no.
Se puede hacer, pero no estaremos con ello prohibiendo su difusión sin consentimiento, ya que eso tal como hemos visto, está prohibido de por sí. Lo que estaremos haciendo es blindarlos, ofrecer medios de protección y pruebas implícitas de que ante la difusión de ese contenido están infringiendo la ley.
A efectos prácticos y legales, los contenidos creados y propiedad de GO2JUMP quedan igual de protegidos mediante la firma GO2JUMP que mediante la firma GO2JUMP©
Para que os hagáis una idea práctica del funcionamiento de esta ley, los derechos de autor son como los derechos que protegen nuestra casa de robos e intrusión de personas ajenas a nuestro entorno: ¿debemos disponer de una alarma o de un cartel que expresamente prohíba la entrada a todo aquel que no tenga nuestro permiso? El simple hecho de que entren en nuestra propiedad ya constituye un delito: que tengamos alarma o no simplemente refuerza la seguridad para que el que se vea tentado a entrar, no lo haga, pero si decide hacerlo será penado igualmente.
Normalmente, de una forma u otra, procuraremos (o deberemos procurar) proteger el contenido de nuestra propiedad de alguna manera adicional a la que de por ley nos otorga la Propiedad Intelectual. Así, además de las condiciones legales de la página, podemos hacer uso y detectar cierta simbología legal y alegal que indica el grado de protección de la obra. Son los famosos Copyright, Copyleft y los Creative Commons:
Entonces… ¿deben ser todos mis contenidos originales?, ¿puedo tomar fragmentos ajenos dentro de una obra original? Existen ciertas limitaciones que dentro de los supuestos recogidos por la LPI, nos permitirían hacer un uso correcto de obras ajenas siempre y cuando se mantengan los siguientes requisitos de forma íntegra:
En definitiva de lo que tratan los derechos de autor y por lo que me interesa proteger mi contenido en internet, no es solo cuestion de ver reconocido un trabajo que, bien hecho, conlleva horas y horas de estrategia y conocimiento del medio online, sino también convertir internet en un entorno fiable y reducir las malas prácticas que llevan al usuario a desconfiar sobre lo que se le ofrece.
Todo lo que lleva una firma, todo lo que se certifica y garantiza, ya sea mediante los derechos de autor o mediante la exposición de un nombre, de una marca, significa que tiene el suficiente valor y las suficientes horas de trabajo atrás como para merecer cierto reconocimiento, y como tal debe exhibirse y respetarse.